Demandas laborales en México

En México existe un gran rezago en la justicia laboral; esto significa que existen muchos expedientes sin resolver, tanto a nivel local como federal.

¿Por qué se da esta situación?

La Ley Federal del Trabajo (LFT) estipula, en el artículo 47, las causales para rescindir el contrato laboral a un trabajador. También establece el procedimiento que el patrón debe realizar para considerar que el despido fue justificado. Cabe mencionar que a falta de documentos que comprueben el despido, y de no existir el proceso estipulado, se considerará como despido injustificado.

En ese mismo sentido, el Artículo 48 (LFT) menciona que en caso de haber un despido injustificado, el trabajador puede exigir ser reinstalado en su trabajo o el pago de 3 meses de indemnización (no menciona que tenga derecho a ambas).

El Artículo 49 estipula que el patrón quedará eximido de reinstalar al trabajador mediante las indemnizaciones que menciona el artículo 50, lo que significa que si el patrón no comprueba que el despido fue justificado y el trabajador solicita reinstalación, podrá no hacerlo pero tendría que pagar los conceptos mencionados en el Artículo 50; a este pago se le agregan las prestaciones a las que el trabajador tiene derecho y la prima de antigüedad. Esta última solo le corresponde a quienes tengan 15 años o más en su empleo, renuncien voluntariamente o sean despedidos de forma justificada o injustificadamente (Art.162 LFT). Menos de 15 años no aplica.Ahora bien, pudiera parecer fácil tomar el Artículo 47 de la LFT, despedir a un trabajador justificadamente y entregarle su aviso, sin embargo, es más complejo que eso.Entonces, si tenemos claro lo que se debe hacer y/o pagar ante un despido justificado o no justificado… ¿Por qué hay tantas demandas en las juntas de conciliación y arbitraje sin resolver?

“Más vale un mal arreglo que un buen juicio”

Lo primero que hay que entender es que el derecho laboral siempre buscará proteger a la parte más débil del juicio, en este caso, el trabajador. El trabajador es débil, en el sentido de que no tiene la capacidad económica para solventar un juicio; esto no implica que los juicios sean parciales hacia el trabajador. El Artículo 47 de la LFT afirma que para poder despedir al trabajador sin responsabilidad para el patrón, éste debe cumplir alguna de las causas de rescisión de la relación de trabajo estipuladas en el artículo en cuestión.Otro tema a analizar, es la falta de evidencia en la mayoría de los juicios que compruebe la mala conducta del trabajador. 

Pera evitar que los trabajadores puedan ser despedidos indiscriminadamente, sin responsabilidad para el patrón, las pruebas documentales tienen que ser rigurosas y la autoridad muy estricta al momento de revisarlas. Por lo anterior, es muy importante acercarse a los profesionales especializados en materia laboral. No te dejes sorprender. Un conflicto laboral es muy desgastante y daña tu reputación empresarial. Ten en consideración el costo-beneficio de llevar un juicio laboral y qué tan bien documento estás para enfrentar el caso.

Fuente: Esta publicación está basada en un artículo escrito por Eduardo Euan. Ley Federal del Trabajo 

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